El Gobierno nacional oficializó la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta contemplada en la reforma laboral que comenzará a aplicarse a partir del 1 de noviembre y que introduce cambios en la forma de financiar las indemnizaciones por despido en el sector privado.
La nueva modalidad establece que las empresas deberán realizar aportes periódicos a un fondo destinado exclusivamente a cubrir futuras desvinculaciones laborales. El objetivo es que los recursos necesarios para afrontar indemnizaciones estén disponibles de manera anticipada, otorgando mayor previsibilidad financiera a los empleadores y garantizando el pago a los trabajadores.
Para implementar el sistema, cada empresa deberá contar con una cuenta individual dentro de un fondo común de inversión o un fideicomiso financiero autorizado. Estos instrumentos estarán sujetos a controles y regulaciones específicas para asegurar la disponibilidad de los fondos cuando sea necesario utilizarlos.
La medida alcanza únicamente a trabajadores registrados del sector privado. Quedan excluidos los empleados públicos y otras relaciones laborales exceptuadas por la normativa vigente. Además, para acceder a la cobertura, el trabajador deberá haber estado formalmente registrado durante al menos un año antes de la finalización de la relación laboral.
Cómo funcionará el nuevo mecanismo
Los aportes empresariales se integrarán al sistema de seguridad social y serán canalizados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que tendrá a su cargo la distribución de los fondos hacia las cuentas correspondientes.
Si una empresa no informa oportunamente la entidad administradora elegida, el sistema realizará la asignación de manera automática para garantizar la continuidad operativa.
Cuando se produzca una desvinculación laboral, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica. Luego de verificar la información, la entidad administradora transferirá los fondos al trabajador en un plazo máximo de cinco días hábiles.
No obstante, la responsabilidad de calcular el monto de la indemnización seguirá siendo exclusiva del empleador, que deberá determinarlo conforme a la legislación laboral vigente.
Incentivos fiscales y límites a las administradoras
La reglamentación incorpora beneficios tributarios para fomentar la adhesión al sistema. Los aportes realizados al FAL podrán computarse como deducciones en el Impuesto a las Ganancias y, en algunos casos, generar reducciones equivalentes en las contribuciones patronales.
Asimismo, las cuentas vinculadas al fondo estarán exentas del impuesto a los débitos y créditos bancarios.
En cuanto a la administración de los recursos, la normativa fija un tope del 1% anual sobre los activos gestionados para las comisiones que podrán cobrar las entidades encargadas de administrar los fondos.
También se establece que las inversiones deberán realizarse exclusivamente en instrumentos financieros locales, con el propósito de fortalecer el mercado de capitales argentino y limitar la exposición a riesgos externos.
Mayor flexibilidad y control
Otro aspecto destacado es la posibilidad de trasladar los fondos acumulados entre distintas entidades administradoras. Esta portabilidad permitirá a los empleadores cambiar de gestor sin perder los recursos ya aportados.
El esquema también contempla situaciones especiales, como transferencias de personal, reorganizaciones empresariales o modificaciones societarias.
Por otra parte, la reglamentación prevé sanciones para quienes incumplan con las obligaciones de aporte. Las multas podrán derivar en procesos de ejecución fiscal y los montos recaudados serán destinados al financiamiento del sistema de seguridad social.
Con la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral, el Gobierno busca avanzar hacia un modelo basado en la previsión anticipada de los costos derivados de las desvinculaciones laborales, reemplazando gradualmente el esquema tradicional en el que las indemnizaciones se afrontaban únicamente al momento del despido.
La implementación del FAL abre una nueva etapa en el mercado laboral argentino y suma un nuevo elemento al debate sobre los costos laborales, la protección de los trabajadores y la competitividad de las empresas.





