En diálogo con Radio del Sur 97.1, el abogado y exconcejal de Sarmiento, Manuel Mauriño sostuvo que el mecanismo aplicado presenta un «vicio de origen» y consideró que contradice lo establecido por la Carta Orgánica Municipal.
Mauriño volvió a cuestionar el procedimiento utilizado durante la sesión del Concejo Deliberante de Comodoro Rivadavia en la que el concejal Marcos Panquilto emitió un voto como edil y otro en su carácter de presidente provisorio del cuerpo para desempatar la aprobación del acuerdo paritario.
«Parecería que alguien votó como concejal, luego se bajó de su banca, se subió al estrado que preside el presidente del Concejo y votó nuevamente», graficó el abogado al describir lo ocurrido durante la sesión.
Según explicó, esa situación es la que motivó las impugnaciones planteadas por algunos concejales y reavivó el debate sobre la legalidad del procedimiento utilizado para destrabar el empate.
«Un reglamento no puede estar por encima de la Carta Orgánica»
Mauriño señaló que la discusión debe analizarse desde la jerarquía normativa y recordó que la Carta Orgánica establece que el viceintendente es el único habilitado para emitir un voto de desempate, ya que no ocupa una banca como concejal.
«Si la Carta Orgánica de Comodoro dice expresamente que el viceintendente solo tiene voto en caso de empate, eso es lo que vale. Todo lo que está por debajo no puede ir en contra de esa norma», afirmó.
En ese sentido, cuestionó que el Reglamento Interno del Concejo pueda utilizarse para ampliar facultades que, a su criterio, la Carta Orgánica no prevé.
«Un reglamento nunca podría cambiar las reglas básicas o la ley fundamental establecida por la Carta Orgánica», remarcó.
El abogado también hizo referencia al artículo 9 de la Carta Orgánica Municipal y sostuvo que las atribuciones conferidas al viceintendente son «indelegables» y no pueden extenderse a quien ocupe circunstancialmente la presidencia del cuerpo.
«Hay un estado de anomia»
Por otro lado, Mauriño aseguró que este tipo de situaciones reflejan un problema más profundo en el funcionamiento institucional de algunos municipios.
«Hay una peligrosa confusión conceptual respecto de la pirámide jurídica que sostiene nuestro orden constitucional», sostuvo.
Además, indicó que, tras dialogar con un reconocido constitucionalista de la región, llegó a la conclusión de que existe «un estado de anomia prefabricada», al que definió como un desorden en la aplicación de las normas y un desconocimiento de la jerarquía jurídica.
En esa línea, advirtió que la autonomía municipal no habilita a los concejos deliberantes a apartarse de la normativa superior.
«La autonomía municipal no es insularidad ni soberanía para inventar un derecho paralelo», expresó.
No descarta que el caso llegue a la Justicia
Consultado sobre las posibles consecuencias del caso, Mauriño consideró que la controversia podría terminar en el ámbito judicial si la ordenanza ya fue promulgada.
«Creería que sí. Si la norma ya está vigente, el camino pertinente sería plantear una acción de inconstitucionalidad», señaló, al indicar que esa cuestión debería ser resuelta por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut.




