En una resolución que marca un antes y un después en el derecho de familia en Argentina, la justicia de Salta dictó un fallo inédito al obligar a un hombre a abonar una cuota alimentaria mensual para el perro que compartía con su expareja. La medida no solo garantiza el sustento económico para cubrir alimento, vacunas y gastos veterinarios, sino que también establece un régimen de visitas y cuidado compartido, elevando el estatus legal de los animales domésticos en procesos de separación.
La sentencia fundamenta esta decisión bajo una premisa que gana cada vez más terreno en los tribunales: las mascotas no son «cosas» ni objetos de propiedad, sino «seres sintientes» con necesidades afectivas y derechos básicos. Al ser considerados miembros activos del entorno familiar, la justicia determinó que el bienestar del animal debe ser preservado más allá de la ruptura de la pareja, asegurando que ambos responsables sigan asumiendo sus obligaciones de cuidado.
Este tipo de fallos fortalece el concepto jurídico de «familia multiespecie», una tendencia que ya registra antecedentes en otras provincias y que redefine la forma en que el Estado interviene en la protección de los vínculos afectivos. Para los especialistas, este avance sienta un precedente crucial para futuros casos en todo el país, incluyendo Chubut, al reconocer que el compromiso asumido con un animal de compañía no se disuelve con una separación, sino que requiere una responsabilidad compartida y sostenida en el tiempo.





