Un voto en disidencia advierte que el gasista admitió haber instalado la caldera sin cumplir las normas y que la relación causal estaba probada. Pese a esto, la Cámara Penal lo absolvió por falta de pericias adicionales.
El sistema judicial de Chubut vuelve a ponerse bajo la lupa tras la absolución del gasista implicado en el incidente de Buenos Aires Chico, donde 77 estudiantes y docentes resultaron intoxicados con gas tóxico. Aunque el técnico había sido condenado inicialmente por actuar con imprudencia y saltearse los controles del ente regulador, un tribunal de alzada dio vuelta la sentencia por una cuestión formal: la ausencia de pericias mecánicas de campo.
Lo más impactante del fallo reside en el voto de la minoría. El juez disidente coincidió con la sentencia original de 2025, recordando que existían «convenciones probatorias» donde la propia defensa había reconocido que la intoxicación se produjo a raíz de la caldera colocada por el imputado sin seguir la normativa vigente.
Para este sector del tribunal, la negligencia estaba acreditada: el gasista tomó bajo su propio riesgo el control de la obra sin la habilitación correspondiente. Sin embargo, para la mayoría de la Cámara, estos acuerdos entre las partes no fueron suficientes para suplir la falta de una pericia técnica que «viera» la falla, priorizando el beneficio de la duda para el imputado y cerrando —por ahora— el capítulo penal de una de las crisis sanitarias escolares más graves de la zona.





