El Poder Ejecutivo nacional oficializó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y definió los lineamientos operativos de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad. La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La normativa quedó establecida a través del Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y da cumplimiento a una resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793 luego de declarar inválida una disposición anterior que había suspendido su implementación por razones presupuestarias.
La reglamentación detalla los requisitos de acceso al nuevo sistema de pensiones, las condiciones para su continuidad, las incompatibilidades con otros beneficios, los trámites administrativos y los mecanismos de control. En ese marco, se establece que el régimen deberá articularse con las normas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.
Entre los cambios institucionales, el decreto incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro de la estructura del Ministerio de Salud, centralizando allí las políticas públicas vinculadas al sector. La decisión se fundamenta en un enfoque integral que contempla no solo la atención sanitaria, sino también la protección social, el acceso a derechos y la inclusión económica.
Asimismo, la norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días. También la habilita a dictar disposiciones complementarias y aclaratorias para garantizar la correcta implementación del régimen.
El decreto dispone además la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará tareas de identificación, relevamiento y verificación de las prestaciones vigentes.
Por último, se prevé que las medidas que se acuerden en el ámbito del Consejo Federal de Discapacidad se ejecuten mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con las competencias y recursos de cada jurisdicción. La reglamentación rige desde el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado.





