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Chubut: El STJ anula la absolución de un padre acusado de abuso en Esquel

El máximo tribunal provincial trituró el fallo de un juez que absolvió al acusado aplicando estándares de credibilidad de adultos a una víctima de apenas cinco años.

 

En un fallo contundente y unánime, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la Provincia hizo lugar al recurso de la Fiscalía y anuló la absolución de un hombre acusado de abuso sexual simple, agravado por el vínculo y la convivencia, en perjuicio de su pequeña hija. Con esta resolución, el máximo tribunal ordenó el reenvío inmediato de la causa a la Oficina Judicial de Esquel para que se realice un nuevo juicio desde cero.

Los aberrantes hechos bajo investigación habrían ocurrido en febrero de 2024, cuando el imputado realizaba tocamientos en las zonas genitales de la niña, que en ese momento tenía cuatro años, aprovechando los momentos en que quedaba bajo su cuidado.

Un fallo de primera instancia «arbitrario» y sesgado

El 29 de diciembre de 2025, un juez de juicio había dictado la absolución del padre argumentando supuestas «contradicciones» en las fechas, falta de detalles y calificando de «confuso» el testimonio de la menor. Sin embargo, el equipo de la Fiscalía —liderado por Rafaella Riccono, Cecilia Bagnato y Morena Broggi— apeló de inmediato, denunciando que el magistrado ignoró por completo la perspectiva de la niñez y omitió pruebas científicas y testimoniales demoledoras.

Al revisar el caso, el Superior Tribunal desglosó las graves fallas estructurales del juez de origen y advirtió que los indicadores de credibilidad de un adulto jamás pueden ser trasladados a un niño de cinco años.

El STJ remarcó que el caso no se sostenía en un relato aislado, sino en un cuadro indiciario sólido: la niña identificó sin dudar a su padre en Cámara Gesell, los peritos confirmaron que la víctima no fabula, y la médica que la atendió escuchó de forma directa la manifestación del abuso. Además, el juez original descartó conductas hipersexualizadas e irritabilidad reportadas por docentes y familiares, las cuales constituyen indicadores científicos de abuso infantil.

Obligación internacional: Juzgar con perspectiva de género y niñez

El Máximo Tribunal subrayó que la justicia local no puede fallar bajo caprichos personales, ya que está obligada a adherir a compromisos internacionales de jerarquía constitucional como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención de Belém do Pará.

Al declararse procedente la impugnación de la Fiscalía, la absolución quedó completamente revocada. Ahora, un nuevo tribunal de Esquel tendrá la responsabilidad de juzgar el caso bajo los estándares reales de protección de las infancias, garantizando una tutela judicial efectiva para la víctima.

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