En una nueva medida regulatoria, el Gobierno estableció restricciones en la cobertura de medicamentos y prácticas para afiliados de planes de salud cerrados.
Desde este martes, las prepagas podrán limitar las coberturas únicamente a los tratamientos y medicamentos recetados por profesionales incluidos en su cartilla de prestadores, según lo dispuesto en la Resolución 3934/24 publicada en el Boletín Oficial.
Este cambio implica que los pacientes que requieran cobertura, subsidios o reintegros de prácticas y medicamentos deberán contar con prescripciones realizadas exclusivamente por médicos de la red del seguro de salud correspondiente. La medida, que afectará a más de 11 millones de beneficiarios, fue impulsada para «garantizar la sostenibilidad del sistema» y enfrentar el elevado número de recetas que presentan irregularidades, informó la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).
Además, las prepagas deberán especificar, para cada plan de salud, una lista detallada de los profesionales y centros médicos autorizados a brindar atención, indicando si el plan es abierto o cerrado y sus condiciones de cobertura. En los planes cerrados, la cobertura será válida únicamente cuando las recetas y prácticas médicas sean emitidas por profesionales en cartilla, incluyendo solicitudes administrativas o judiciales.
Con esta normativa, los usuarios de planes cerrados tendrán que recibir atención de los prestadores en cartilla o, en su defecto, migrar a planes abiertos, que permiten la elección de prestadores externos, aunque suelen tener un costo mayor.
Gabriel Oriolo, titular de la Superintendencia, destacó que esta disposición busca asegurar que los recursos del sistema se gestionen de manera eficiente, minimizando riesgos financieros y garantizando transparencia en las prestaciones. Fuentes de la SSS justificaron la medida como necesaria para evitar inconsistencias y desfinanciamiento, argumentando que muchas recetas son emitidas sin tener en cuenta la historia clínica del paciente ni un diagnóstico adecuado.