El juez técnico Miguel Caviglia dio a conocer hoy la sentencia por el homicidio culposo del estudiante universitario Emiliano Ávila. Luego de que el tribunal popular declarara culpable a Jorge Alberto Barberis, el juez consideró las circunstancias agravantes y atenuantes para imponer la pena.
El fiscal Martín Cárcamo acusó a Barberis de homicidio culposo con la agravante del uso de arma de fuego. Sin embargo, el juez determinó que la agravante del uso de arma de fuego no es aplicable a los delitos culposos.
Entre las circunstancias agravantes, el juez consideró la naturaleza de la acción, la nocturnidad del hecho, el uso de un arma de fuego no registrada y el peligro causado por los dos disparos efectuados en la vía pública. No obstante, descartó considerar el daño causado y el bien jurídico vida como agravantes, ya que forman parte del tipo penal.
Como circunstancias atenuantes, el juez tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales de Barberis, su arrepentimiento y las disculpas ofrecidas a la familia de la víctima.
Finalmente, el juez Caviglia impuso a Barberis una pena de tres años de prisión en suspenso y ordenó su libertad, con la condición de presentarse periódicamente ante la autoridad judicial.






