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Estados Unidos modifica el proceso para obtener la ciudadanía para menores nacidos en el extranjero

El gobierno de Estados Unidos anunció cambios importantes en el proceso de solicitud de ciudadanía para ciertos menores nacidos fuera del país. A partir del 3 de julio de 2025, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) exigirá el uso exclusivo de una nueva versión del Formulario N-600K para quienes soliciten la ciudadanía en nombre de sus hijos.

Este cambio afecta únicamente a las solicitudes enviadas por correo postal. Solo será válida la edición del formulario fechada el 20 de enero de 2025, la cual debe estar impresa completamente, con todas sus páginas visibles y correspondientes a la misma edición. En caso de que se mezclen páginas de versiones distintas o falten secciones, USCIS podrá rechazar la solicitud.

El Formulario N-600K permite a ciertos menores nacidos en el extranjero acceder a la ciudadanía estadounidense y obtener su Certificado de Ciudadanía, incluso si viven fuera del país. La solicitud puede realizarse desde el extranjero, pero solo pueden presentarla padres o madres que ya sean ciudadanos estadounidenses. Si el progenitor ha fallecido, el trámite puede ser iniciado por un abuelo o tutor legal, siempre que también tenga ciudadanía y que la solicitud se presente dentro de los cinco años posteriores al fallecimiento del padre o madre.

¿Quiénes pueden optar por este beneficio?

Para que un menor pueda acceder a la ciudadanía mediante este proceso, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener menos de 18 años.
  • Contar con al menos uno de los padres que sea ciudadano estadounidense, ya sea por nacimiento o por naturalización. Esto incluye a padres adoptivos.
  • Residir fuera de Estados Unidos bajo la custodia legal y física del progenitor ciudadano. En caso de que este haya fallecido, puede estar al cuidado de otra persona que no se oponga a la solicitud.
  • Estar temporalmente en Estados Unidos con una admisión legal válida al momento de completar el trámite.
  • El padre o madre ciudadano debe haber vivido en EE. UU., Samoa Americana o la Isla Swains al menos cinco años, de los cuales dos deben haber sido después de cumplir los 14 años.

En situaciones donde el padre o madre no cumpla con este requisito de residencia, podrá presentarse la solicitud si un abuelo ciudadano estadounidense ha residido en EE. UU. por cinco años en total, sin importar si fue en períodos continuos o separados.

Además, USCIS contempla excepciones para hijos de ciudadanos estadounidenses en servicio militar activo en el extranjero.

Con esta actualización, el gobierno busca estandarizar el proceso y asegurar que las solicitudes se presenten de forma correcta y completa.

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