A través de un decreto, el Gobierno fijó una nueva escala impositiva para agosto y septiembre en los impuestos en nafta y gasoil y los combustibles subirán un 3%.
Este incremento fue postergado en mayo y, en junio, se extendió hasta julio. En esta ocasión, se establecieron fechas específicas y montos para los impuestos que se aplicarán a nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil.
En el decreto 681/2024 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno definió los montos de los incrementos de los impuestos para el período que va desde el 1° al 31 de agosto de 2024. Además, establece que a partir del 1° de septiembre de 2024, se considerarán los incrementos totales en los montos de los impuestos.
Estos montos se actualizan cada tres meses según el dato de inflación o Índice de Precios al Consumidor (IPC) que da a conocer el Indec. La AFIP actualiza los números de cada incremento en enero, abril, julio y octubre, de acuerdo al IPC del trimestre anterior, y se aplican a partir del primer día del segundo mes después de la actualización.
La Ley N° 23.966 establece montos fijos en pesos para calcular dos tipos de impuestos: el impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono. Hay uno fijo diferente para el gasoil, consumido en ciertas áreas específicas de Argentina, como Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, y algunas partes de Buenos Aires y Mendoza.
- Nafta sin plomo hasta 92 RON; nafta sin plomo de más de 92 RON; y nafta virgen: Incremento monto fijo actualizado del gravamen ($10.949). / Impuesto al Dióxido de Carbono ($0.671).
- Gasoil: Incremento monto fijo actualizado del gravamen ($8.788) / Incremento monto fijo actualizado del gravamen: ($4.759). / Impuesto al Dióxido de Carbono ($1.002).