Calidad informativa para la construcción de una identidad regional

Editorial: ¿Qué esconden las declaraciones juradas? El derecho a saber no admite excepciones arbitrarias

imagen-ilustrativa

La transparencia en la gestión pública no es una concesión de los funcionarios ni un privilegio del periodismo: es un derecho de todos los ciudadanos. Cuando el acceso a la información encuentra obstáculos, lo que está en juego no es un expediente, sino la calidad de la democracia.

Quien ejerce una función pública administra recursos que no le pertenecen. Gestiona fondos y decisiones que son de toda la comunidad y, por eso, tiene la obligación de rendir cuentas. Del otro lado existe un derecho igual de importante: el de cualquier ciudadano a conocer cómo actúa el Estado. No se trata de un favor del gobierno de turno ni de una herramienta exclusiva para periodistas. Es una garantía que protege a toda la sociedad.

La Constitución de Chubut establece que los actos del Estado, de los municipios y de los organismos oficiales son públicos. La Ley de Acceso a la Información Pública reafirma ese principio y alcanza también a los gobiernos municipales, entre ellos el de Comodoro Rivadavia. Además, quien solicita información no tiene que justificar por qué la necesita. La publicidad es la regla; el secreto, la excepción.

Uno de los temas que más debate genera son las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios. Al asumir, durante su gestión y al dejar el cargo, deben informar cuál es su patrimonio. El objetivo es simple:

Permitir que la sociedad controle si hubo una evolución patrimonial compatible con los ingresos de la función pública. Si un funcionario termina su mandato con un patrimonio significativamente mayor, la ciudadanía tiene derecho a preguntar cómo ocurrió. No es curiosidad. Es control democrático.

Con frecuencia surge la objeción de que esa información afecta la privacidad del funcionario o de su familia. Sin embargo, el derecho ya resolvió ese equilibrio hace tiempo. Las declaraciones juradas cuentan con una versión pública, destinada al control ciudadano, y otra reservada, donde permanecen protegidos los datos sensibles, como números de cuentas bancarias, domicilios o patentes de vehículos. Ese sistema funciona desde hace años en el ámbito nacional y en varias provincias sin mayores inconvenientes.

También suele invocarse el argumento del «sobre cerrado y lacrado». Pero que un documento se presente de esa manera no significa que deba permanecer secreto para siempre. El lacrado garantiza que el contenido no sea alterado, no que quede fuera del alcance del derecho de acceso a la información. Mucho menos cuando una ordenanza o un reglamento municipal pretenden imponer restricciones que la Constitución no contempla. Ninguna norma inferior puede limitar un derecho reconocido por una norma superior.

La discusión dejó de ser teórica. En Comodoro Rivadavia, un pedido de acceso a las declaraciones juradas de funcionarios municipales fue rechazado y el conflicto llegó a la Justicia. Como corresponde, será el Poder Judicial quien determine si esa negativa se ajusta o no al ordenamiento jurídico. Pero el solo hecho de que un pedido de información pública termine judicializado evidencia que todavía persisten resistencias a un principio que debería ser natural en cualquier administración democrática.

La transparencia no debilita a quienes gobiernan; los fortalece. Un funcionario que exhibe su patrimonio transmite confianza. Una administración que abre sus datos gana legitimidad. En cambio, la opacidad alimenta sospechas incluso cuando no existe ninguna irregularidad. El silencio, muchas veces, termina generando más dudas que las respuestas.

Sin información pública tampoco existe un control efectivo. El periodismo no puede investigar, los organismos de control encuentran límites y los ciudadanos pierden herramientas para evaluar a quienes administran los recursos públicos. Cumplir con la obligación de informar no debería entenderse como un gesto de buena voluntad, sino como una consecuencia natural del ejercicio de la función pública.

En definitiva, defender el acceso a la información es defender la democracia cotidiana. No alcanza con votar cada algunos años. La calidad institucional también depende de que los actos de gobierno puedan ser conocidos, analizados y controlados por la sociedad. Porque la información pública no pertenece a quienes ocupan circunstancialmente un cargo: pertenece a todos los ciudadanos. Y un derecho de esa naturaleza no se oculta. Se garantiza.

Escrito por Günter Martín Wassermann

Abogado — Estudio Jurídico Wassermann–Báez

Compartir:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Linares apuntó contra Torres: "No todo vale por un voto"
Argentina envía otro equipo de rescate a Venezuela tras los devastadores sismos
Quedó libre el hombre acusado de matar al kiosquero de Trelew: qué resolvió la Justicia