La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suma un nuevo régimen de percepción del IVA al 24% en alimentos y artículos de higiene.
Según detalla la Resolución General 5329/2023, con razones «de administración tributaria tornan aconsejable implementar un régimen de percepción del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que se realicen entre sujetos que revistan la calidad de responsables inscriptos en el gravamen».
De esta manera, se establece «un régimen de percepción del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano».
El importe de la percepción a practicar «se determinará aplicando, sobre el precio neto de la operación que resulte de la factura o documento equivalente -de acuerdo con lo establecido por el artículo 10 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones-, la alícuota del TRES POR CIENTO (3%)».
El régimen de percepción previsto en el Título II «resultará aplicable para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del día 1 de abril de 2023, inclusive».