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Los usuarios deberán registrarse para mantener los subsidios energéticos

A partir de junio, iniciará un régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red. Esta medida busca «lograr valores de energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad».

El decreto establece una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. De esta manera, se establecieron tres grupos.

Ingresos altos:

Son hogares que declaran reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $350 mil pesos (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
  • Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Tener 3 o más inmuebles.
  • Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

Ingresos medios:

Se trata de hogares que declaran reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar que varían entre $100 mil y $350 mil pesos (entre 1 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta un máximo de 2 inmuebles o no poseer ninguno.
  • Tener hasta 2 vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Menores ingresos:

Son los hogares que reúnen alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar menores a $100 mil pesos (1 canasta básica para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 1 inmueble o no poseer ninguno.
  • No tener 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, excepto para los hogares en donde exista al menos una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

También se considerarán dentro del segmento de menores ingresos a los hogares que, cumpliendo con alguno de los requisitos anteriores, reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  • Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM.
  • Al menos una o un integrante posea Certificado de Discapacidad y cuyo hogar en su conjunto tenga un ingreso mensual total menor a $150 mil (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
  • Al menos una o un integrante del hogar sea titular de un Certificado de Vivienda (ReNaBaP).
  • Al menos una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Si el hogar está inscripto en el RENACOM, tiene certificado del ReNaBaP o alguno de los convivientes tiene Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra o Certificado de Discapacidad, pero:

  • Los ingresos mensuales totales del hogar son superiores a $100 mil pesos (1 canasta básica tipo 2 según INDEC).
  • Poseen 2 o más inmuebles, considerando al grupo del hogar en su conjunto o
  • Poseen al menos 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad (excepto para los hogares en donde exista al menos una o un conviviente con Certificado de Discapacidad).

Entonces, se los ubicará en el segmento de ingresos medios.

Página web

El trámite se podrá realizar de manera virtual en la página oficial del gobierno: https://www.argentina.gob.ar/subsidios

En los próximos días, los usuarios podrán realizar la inscripción en esta misma página. Aquellos tengan acceso digital, podrán hacerlo de manera presencial en oficinas de ANSES y en las de los prestadores de servicios.

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