Según informó el Ministerio Público Fiscal, el caso llegó a juicio tras una investigación que priorizó el testimonio de la víctima, debido a que el delito se desarrolló en un ámbito de intimidad y confianza. El hecho consistió en manoseos contra la menor de edad.
La reconstrucción de los hechos
La investigación penal logró establecer que el incidente tuvo lugar hace algunos años en una propiedad de la localidad cordillerana. En aquel momento, el agresor era mayor de edad y aprovechó la cercanía familiar y el entorno de confianza que mantenía con la pequeña.
El caso no fue denunciado de manera inmediata. Su conocimiento se produjo tiempo después, mediante un proceso denominado «develamiento tardío». El suceso fue recordado por la víctima en el ámbito escolar, lo que le permitió expresar lo acontecido y recibir el acompañamiento necesario para realizar la denuncia correspondiente.
El proceso judicial y la sentencia
Durante el debate, la Fiscalía sostuvo la acusación basándose en la coherencia del relato de la víctima, la ausencia de conflictos previos entre ella y el imputado, y los análisis psicológicos incorporados. La magistrada fundamentó su decisión en la sinceridad y credibilidad del testimonio de la víctima, resaltando que, en delitos ocurridos en privado, el relato de la persona agredida es una prueba central si cuenta con el respaldo de indicios, como sucedió en este proceso.
El tribunal resolvió declarar al acusado culpable del delito de Abuso Sexual Simple e imponerle una pena de un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional.
Asimismo, se establecieron reglas de conducta por un plazo de dos años. Estas medidas incluyen la obligación de someterse a tratamiento psicológico y una prohibición total de acercamiento y contacto con la víctima, ya sea de forma física, telefónica o digital, buscando garantizar la protección y tranquilidad de la joven.




