El Gobierno nacional confirmó que los jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo recibirán en noviembre un bono extraordinario de $70.000. La medida fue oficializada a través del Decreto 771/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial.
Con este refuerzo, la jubilación mínima ascenderá a $403.150, considerando el haber base de $333.150 establecido para noviembre, que incluye un incremento del 2,1%, correspondiente a la inflación de septiembre.
El bono también alcanzará a quienes perciban ingresos superiores a $333.150 pero inferiores a $403.150, quienes recibirán un monto proporcional hasta completar esa cifra. Por ejemplo, un jubilado que cobre $350.000 obtendrá un refuerzo de $53.150.
De esta manera, el haber mínimo pasará de $396.298 a $403.150, lo que representa un aumento efectivo de $6.852.
En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo explicó que la decisión busca compensar la pérdida de poder adquisitivo causada por la inflación, y cuestionó el desempeño de la fórmula de movilidad vigente —establecida por la Ley 27.609— al considerar que «no resguarda el riesgo inflacionario que afecta a los adultos mayores».
Desde el inicio de la gestión de Javier Milei, el Gobierno implementó distintos bonos previsionales para los haberes más bajos: dos de $55.000 a comienzos de 2024 y, desde marzo de ese año, un refuerzo mensual de $70.000 que continúa vigente.
El decreto subraya que los bonos extraordinarios se mantendrán de manera mensual hasta octubre de 2025, como mecanismo de contención para jubilados y pensionados con menores ingresos.
Asimismo, se aclara que el bono no será remunerativo, no sufrirá descuentos ni se computará para otros beneficios, y que en los casos de pensiones compartidas se considerará un único titular a los efectos del pago.
Quiénes recibirán el bono de $70.000 en noviembre
El beneficio alcanza a:
- Titulares de prestaciones contributivas a cargo de la ANSES.
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- Titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez o madres de siete hijos o más.
- Personas que perciban pensiones graciables abonadas por la ANSES.





