A través del Decreto 787/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional puso fin al sistema de control sobre las cuotas y matrículas de los colegios privados, vigente desde hace más de tres décadas. Desde ahora, las instituciones de gestión privada ya no deberán informar ni solicitar autorización previa al Estado para definir el valor de sus aranceles.
La medida deroga el Decreto 2417/1993, que obligaba a los establecimientos educativos a comunicar a las familias y a las autoridades los montos de matrículas, cuotas, plazos de pago y posibles recargos antes del inicio de cada ciclo lectivo. Además, imponía alcanzar acuerdos con los padres o tutores, sin los cuales los valores no podían modificarse.
En los fundamentos de la decisión, el Ejecutivo argumentó que la norma anterior «dificultaba la adaptación de los institutos de enseñanza privada a las realidades educativas y económicas del país», y que fue dictada en un contexto diferente, cuando la educación aún dependía de la órbita nacional.
El texto oficial sostiene que el control estatal «limitaba la capacidad de los colegios para ajustarse a las variaciones del mercado» y generaba una «incertidumbre económica» que llevaba a las instituciones a fijar cuotas más altas por precaución ante eventuales aumentos de costos no autorizados.
Asimismo, el Gobierno considera que esta intervención estatal «terminaba perjudicando a las familias», al encarecer las cuotas desde el inicio del año y restringir su libertad de elección.
En ese marco, el decreto defiende el principio de libre contratación, señalando que los colegios deben tener autonomía para establecer sus condiciones económicas y salariales «en un marco de competencia leal y acorde con las demandas del mercado».





