El Tribunal Oral Federal dictó penas de hasta 11 años de prisión para exefectivos vinculados a secuestros y torturas durante la última dictadura. El juicio investigó ataques contra 23 víctimas en centros clandestinos de la región.
En una jornada trascendental para los Derechos Humanos en la Patagonia, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia dio a conocer este jueves el veredicto de la causa «Chanfreau», un proceso judicial que reconstruyó los horrores cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la zona.
El tribunal, presidido por la Dra. Ana María D’Alessio, determinó que los hechos juzgados —que incluyeron secuestros, torturas y allanamientos ilegales— constituyen Crímenes de Lesa Humanidad, lo que los hace imprescriptibles ante la ley.
Las condenas
Tras meses de debate y el testimonio clave de 16 víctimas, los jueces impusieron las siguientes penas a los principales acusados:
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Raúl Pantaleón Cruz: Recibió la pena más alta, 11 años de prisión, al ser hallado responsable de tormentos y privación ilegítima de la libertad en perjuicio de 15 víctimas.
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Mario Enrique Pérez: Condenado a 7 años de prisión por allanamientos ilegales y secuestros agravados por vejaciones y tormentos.
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Francisco Olegario Sevilla: Sentenciado a 6 años de prisión por su participación en secuestros y aplicaciones de tormentos.
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Alfredo Pablo Lisseri y Eduardo Alberto Rodríguez: Ambos recibieron una pena de 3 años y 6 meses de prisión por su responsabilidad en detenciones ilegales.
Por otro lado, los imputados Rafael Manuelides y Fernando Pedernera resultaron absueltos de los cargos que se les imputaban.
Reconstrucción del horror
El juicio, que se inició en agosto de este año, se basó en una sólida base probatoria que incluyó la declaración de 32 testigos. Además, los magistrados realizaron inspecciones oculares en los antiguos Centros Clandestinos de Detención (CCD) de la región, permitiendo constatar los lugares exactos donde las víctimas sufrieron los apremios ilegales.
Pese a las condenas, los jueces resolvieron absolver a los acusados por el delito de «asociación ilícita» y dispusieron que, por el momento, mantengan su libertad bajo estrictas normas de conducta, como la obligación de presentarse ante cualquier llamado judicial y mantener domicilios actualizados, bajo apercibimiento de detención inmediata.
Sitios de la Memoria
Finalmente, el fallo ordenó mantener la preservación de los inmuebles vinculados al proceso como «Sitios de la Memoria», garantizando que estos espacios funcionen como recordatorio permanente y resguardo de la historia argentina para las futuras generaciones.





